La visualización se realiza desde la transacción SM37 viendo su historial de trabajos.
Se refiere al libro que contiene todas las contabilizaciones de una cuenta de mayor en una sociedad.
Cada cuenta de mayor que se impute en una operación contable y este definida como cuenta de partidas individuales se verá reflejado en el libro mayor.
El libro mayor contiene una gran cantidad de datos de cada operación como fechas, monedas, importes, referencias, imputaciones adicionales como centros de costos, centros de beneficios, textos, etc.
Los totales de un libro mayor para cada periodo de un ejercicio, impacta en los reportes de sumas y saldos y en los balances contables.
P: Si en la transacción AFAB al seleccionar el motivo de ejecución: Reejecución?
Solo toma en cuenta los nuevos registros o modificaciones hechas? duplica los registros hechos anteriromente?
R: La transacción AFAB nunca duplica las amortizaciones. Solo las recalcula en el caso de que haya nuevas altas o modificaciones. Igualmente a diferencia de la opción Planificada, en la Reejecución puedes seleccionar un activo o rango de activos. No es necesario correrlo para todos los activos.
P: En el uso de la transacción AFAB, se tienen las ocpiones de reanudación y reejecución; sin embargo existe la transacción AFAR para recalcular valores; cual es la diferencia y en que momento se debe usar esta última?
Igualmente me puedes colaborar para que se habiliten los permisos de consultas en las diferentes transacciones, dado que en todos los reportes me genera el error "Falta autorización para transacción...."
R: Te cuento que son dos transacciones con diferentes propósitos.
La AFAB se utiliza para contabilizar las amortizaciones del periodo.
Si algo sale mal, por ejemplo el periodo estaba cerrado, o había centro de costos bloqueados y a causa de estos errores el programa no pudo finalizar la contabilización, se debe ejecutar nuevamente con el modo Reanudación. En cambio, si luego de haber ejecutado la amortización mensual, se ingresó un nuevo activo o se modifico la vida útil de un bien, entonces lo que hay que hacer es ejecutar el programa en modo Re-ejecución. Nunca se puede ejecutar dos veces la amortización planificada para un mismo periodo, si ya se ha ejecutado y hay que volver a ejecutar, tiene que utilizarse algunas de las opciones que te he comentado.
La transacción AFAR lo que hace es recalcular los valores de los bienes que han sufrido una modificación en la vida útil o en la clave de amortización. El sistema recalcula los nuevos valores de amortización planificada pero esto solo se refleja en el explorador de activos fijos. Luego para ejecutar la contabilización se utiliza la AFAB.
P: Que tal Nancy, suponiendo que tenemos un activo ya con varios periodos contabilizados y hacemos un cambio en la fecha o porcentaje para amortizarlo mas pronto. Entiendo que reajustará el plan de amortizaciones, pero mi duda es las amortizaciones ya reflejadas en la contabilidad en peridos anteriores se respetan y solo se afecta lo planeado hasta completar la amortizacion? o como funciona?
R: Hola Martín,
El sistema realizará el ajuste en el próximo mes a contabilizar amortizaciones. El ajuste se hará retroactivo al último ejercicio cerrado. Te lo explico con un ejemplo para que sea más simple.
Tienes un activo con fecha de inicio de amortización 01.01.2016 de 12.000 pesos que amortiza en 10 años, es decir, 1.200 pesos anuales y 100 por mes.
Supongamos que bajas la vida útil a 8 años y el último ejercicio cerrado es 2017 y la última amortización ejecutada en 2018 es JUNIO. Esto quiere decir que el sistema recalculará amortizaciones y contabilizará el ajuste en Julio 2018. El calculo que hará el sistema es el siguiente:
* Valor Origen: 12.000 menos Amortización acumulada al 31.12.2017, 2.400 (1.200 x 2 años) = 9.600
* Valor residual: 9.600 / 6 años (vida útil restantante) = 1.600 nueva amortización anual, 125 pesos mensuales
* Amortizaciones ya contabilizadas en 2018: 600 (100 x 6 meses)
* Amortizaciones que debieron haberse contabilizado en 2018 (con la nueva vida útil): 125 x 6 = 750
* Ajuste de amortizaciones a registrar en el mes de julio: 750 - 600 = 150 pesos
* Amortización de julio (mensual + ajuste): 125 + 150 = 275.
A partir de agosto en adelante, se seguirá amortizando 125 hasta finalizar la vida útil del activo.